Servicio de Defensa a los Asegurados

BNP Paribas Cardif pone a disposición de sus asegurados un Servicio de Defensa del Asegurado al que podrán remitir las quejas o reclamaciones derivadas de la actuación de la compañía en relación con sus contratos de seguro.

Según la Orden ECO 734/2004, de 11 de marzo, la Defensa del Asegurado de BNP Paribas Cardif dispondrá de un plazo máximo de dos meses para resolver las reclamaciones y quejas presentadas por los tomadores, asegurados, beneficiarios, siempre y cuando se cumplan los requisitos para poder ser admitidas a trámite y sean de competencia de este departamento específico. La decisión final adoptada por el departamento será notificada a los interesados por correo certificado con acuse de recibo, fax o correo electrónico, según el caso, en el plazo de DIEZ días naturales contados a partir de la fecha de emisión de aquella. 

IMPORTANTE: Toda la información y requisitos necesarios para que puedas hacer uso y acudir a este Servicio de Defensa del Asegurado, quedan descritos en el apartado inferior referido como "Requisitos, Competencias y Tramitación para poder reclamar ante el Defensor". 

Es muy importante que leas detenidamente estos aspectos para poder acudir e interponer tu reclamación adecuadamente y con plenas garantías. 

Los interesados podrán dirigir sus quejas y reclamaciones a la siguiente dirección: 

BNP PARIBAS CARDIF España
Defensa del Asegurado

C/ Emilio Vargas, n°4. Planta 3. 28043 MADRID

Email

COMISIONADO PARA LA DEFENSA DEL ASEGURADO Y
DEL PARTÍCIPE EN PLANES Y FONDOS DE PENSIONES

Paseo de la Castellana, 44 - 28046 Madrid

Si el asegurado no está conforme con la resolución emitida por el Defensor del Asegurado, o no recibe una respuesta del mismo en el plazo de dos meses, anteriormente señalado, se entenderá desestimada dicha queja o reclamación y, consecuentemente, el reclamante podrá formularla ante el Comisionado para la Defensa del Asegurado y del Partícipe en los Planes de Pensiones: 

La compañía de seguros BNP Paribas Cardif, en cumplimiento de la ORDEN ECO 734/2004 dispone de un reglamento de Defensa del Asegurado que pone a disposición de sus asegurados.

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